Resumen Tema 5

 1. El proceso de facturación. La factura.

¿Qué es una factura? es un documento en el que se recoge toda la información de una operación de compraventa. En ella se muestran detalles del producto comprado o vendido como el precio, unidades vendidas, descuentos...

Requisitos formales de una factura.

Toda factura tendrá q tener los siguientes datos:

  • Número y en su caso, serie. Cada factura estará numerada.
  • Fecha de expedición: día en el que se emite la factura.
  • Nombre y apellidos tanto del vendedor como del comprador.
  • Número de identificación fiscal (NIF): atribuido por la Administración Tributaria.
  • Domicilio de ambas partes.
  • Descripción de las operaciones, incluyendo todos los datos para determinar la base imponible del impuesto y su importe, precio, descuentos...
  • Tipo impositivo aplicado en las operaciones.
  • Cuota tributaria.
  • Fecha en la que se hayan realizado las operaciones.
  • Si una operación de la factura está exenta del impuesto, indicarlo.
  • Indicar si se aplica algún régimen especial.
  • En las entregas de medios de transporte, indicar las distancias recorridas y la fecha de la primera puesta en servicio.
Plazos de facturas.
  • Plazo de emisión: al realizarse la operación, a no ser que seamos empresarios que deberemos de expedirla antes del día 16 del mes siguiente al periodo de liquidación del impuesto en el que se hayan realizado las operaciones.
  • Plazo de envío: un mes desde la fecha de emisión.
  • Plazo de conservación: tanto comprador como vendedor deberán conservar las facturas durante 6 años.
Tipos de facturas.


Factura electrónica.

¿Qué es una factura electrónica? Es una factura que se realiza por medios electrónicos o telemáticos y para que tenga la misma validez legal que una emitida en papel deberá de tener los requisitos que toda factura tiene. Es recomendable (NO OBLIGATORIO) el uso de la firma electrónica.

Deberán de facturas electrónicamente las medianas y grandes empresas que trabajen en sector privado, cuenten con más de 100 trabajadores o tengan un beneficio superior a 6M de euros.

Administraciones Públicas.

Estas, podrán excluir facturas de hasta 5.000 euros. El objetivo de las Administraciones es aumentar el control sobre los pagos y reducir su morosidad a través de un punto general de entrada de facturas electrónicas.

FACe: punto de entrada de facturas electrónicas para la Administración General del Estado. ¿Tiempo para entregarlas? Plazo de 30 días desde la fecha de entrega de las mercancías.

Obligaciones del emisor de la factura electrónica.

Algunas de sus obligaciones son: contabilizar la factura, garantizar la autenticidad e integridad de los datos de la factura, conservar los datos de la factura en una base de datos...

Registro de facturas.

Libro registro de Facturas Expedidas y Recibidas.

En ambas deben de anotarse las facturas, justificantes contables, documentos de aduanas, todo numerado correctamente en relación a los bienes adquiridos o importados o a los servicios recibidos en el desarrollo de la actividad empresarial. La diferencia es que en las facturas expedidas anotaremos las facturas emitidas mientras que en las recibidas, la factura original de las adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al impuesto.

Estructura:



Requisitos formales y plazos de las anotaciones.




2. Descuentos, gastos y retenciones en la factura.

Gastos incluidos en la factura
Son gastos que surgen como consecuencia de una operación de compraventa y se incluyen en la factura, pasando a formar parte de la base imponible y por tanto, estando sometidos al tipo impositivo de la operación principal. Estos son:
  • Transportes y aranceles: es el gasto proveniente por el transporte de las mercancías y depende de los incoterms acordados entre comprador y vendedor.
  • Seguros: gasto que cubre los riesgos que puedan sufrir las mercancías durante su traslado. También depende de los incoterms acordados entre ambas partes.
  • Envases y embalajes: pueden ser retornables (el cliente los devuelve y el proveedor abona su importe mediante una factura rectificativa) y no retornables (incrementando el importe de la factura ya que no hay que devolverlos).
  • Gastos suplidos: son gastos que corresponden al cliente pero el emisor de la factura los ha pagado en su nombre. Van incluidos en la factura pero no se les repercute el IVA.
Descuentos incluidos en factura.
  • Descuento comercial: es el más común y se aplica debido a ofertas o que hay productos que están en promoción.
  • Descuento por volumen de venta o rappel: se aplica cuando se ha alcanzado un determinado volumen de compras, van incluidos en la factura cuando no son acumulativos, cuando lo son, se emitirá una factura rectificativa.
  • Descuento por pronto pago: se produce cuando el pago se realiza antes de la fecha acordada. Se calcula sobre el importe neto que resulte después de aplicar los otros 2 descuentos.
SIEMPRE SE HARÁ PRIMERO EL DESCUENTO DE RAPPEL FRENTE A LOS OTROS 2.

Retenciones en la factura de venta o prestación de servicios

Retención: cantidad que el pagador debe descontar del total de la factura de compra de algunos servicios y otras operaciones.
El pagador es el obligado a aplicar la retención. Esta retención debe ser luego ingresada por el pagador a la Agencia Tributaria al final de cada trimestre natural. Se pueden aplicar las siguientes retenciones:
  • Retención en facturas a profesionales: los profesionales que realicen actividades económicas deberán aplicar una retención a cuenta del IRPF.
    • Retención general 15 %.
    • Nuevos profesionales, primer año de actividad y los 2 siguientes 7%.
  • Retenciones en factura de algunos empresarios por módulos:
    • Retención al 1%.
  • Retenciones por alquiler de inmuebles urbanos: retención en facturas de alquiler a propietarios de locales e inmuebles que se alquilen para la actividad económica.
    • Retención al 19 %.
Las retenciones se calculan aplicando el porcentaje de la retención sobre el importe neto de la factura antes de añadir el iva.
¿Quién está obligado a practicar la retención e ingresarla en Hacienda? El pagador.
¿Quién es el responsable ante la Administración Tributaria? La persona que recibe la factura, no quien la emite.

Recargo de equivalencia.
Se aplica a comerciantes minoristas que sean personas físicas, sociedades civiles o comunidades de bienes.


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